EL TRIBUNAL SUPREMO NOS DA LA RAZÓN

CSPA circular peque

A continuación, reproducimos un estupendo artículo editado por nuestros compañeros del SICA acerca de la reciente desestimación por parte de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, del recurso interpuesto por la empresa contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y la Sala de lo Social de Las Palmas, mediante la cual se estiman nuestras demandas de regulación legal de los tiempos de descanso entre turnos y las coberturas obligatorias de servicio (COS), además de encuadrarnos de facto ya dentro de la categoría de personal aeronáutico de tierra. Poco mas podemos añadir a lo expuesto por nuestros estimados compañeros:

 


 

     Somos conscientes de que en esta etapa de vacas flacas, Recursos Humanos (RRHH) de Enaire, igual que los trabajadores, tienen que hacer malabarismos con los escasos  recursos que desde el Ministerio de Fomento les son asignados. Pero como las normas son de obligado cumplimiento para todos, RRHH debería abandonar su interpretación imaginativa del convenio y mejor olvidar aquello de “si no te gusta denúnciame “ [sic.], porque según el Tribunal Supremo, se están adoptando medidas lesivas para los derechos laborales de los trabajadores.

 

¿Es únicamente la Confederación de Sindicatos Profesionales Aéreos (CSPA) el único sindicato que está denunciando estos atropellos? Eso parece, pero a pesar de los ritmos de la justicia, empezamos a ver los resultados. Es esta vez el Tribunal Supremo quien nos da la razón al ratificar la sentencia de mayo de 2014, donde se dictó la ilegalidad de algunas de las decisiones adoptadas por RRHH a la hora de cubrir  vacantes. La sentencia a nivel nacional refleja que solicitar a un trabajador  dos  Coberturas Obligatorias de Servicio (COS) más una “voluntaria” al mes es ilegal, que no puede reducir los descansos entre jornadas de 10 a 7 horas y que no se puede modificar unilateralmente los cuadrantes de servicio una vez que estos han sido publicados.

 

Estas sentencias se suman a las recientemente también ganadas por la CSPA sobre la ilegalidad de la externalización de las funciones de pseudopiloto y contratar a Senasa para realizarlas, las  Modificaciones Sustanciales de las Condiciones de Trabajo (MSCT) ilegales en algunos centros de trabajo, el derecho que tienen los delegados de prevención de riesgos laborales a coger horas sindicales para poder realizar su trabajo, la libertad del trabajador para  desistir de cobrar el complemento de disponibilidad localizada, o la condena a Enaire por su actitud de denegación de derechos fundamentales en cuanto que RRHH no puede  imponer cuando  se pueden coger horas sindicales. Todas sentencias planteadas y ganadas por la CSPA.

 

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  http://www.websica.org/noticias/destacados/811-el-tribunal-supremo-nos-da-la-razon-

 

 

 

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