Lucha contra la discriminación en los permisos a las Parejas de Hecho.

Una vez más los tribunales enmiendan la plana a ENAIRE por un tema que debería no haber llegado nunca a tener que dirimirse en este foro, mientras invierte en política de comunicación, redes sociales, community manager y demás modernidades, nuestros gestores siguen malgastando en multas impuestas por tener un comportamiento del siglo XIX.

Nos entristece tener que llegar siempre a estos extremos para que se respete la norma pactada con la empresa, pero por otro lado estamos realmente orgullosos de hacerlo defendiendo los derechos de todos aquellos que se sienten discriminados por este tipo de actuaciones tan irresponsables de los gestores de nuestra empresa.

Así que ya sabes, si estas constituido como pareja de hecho te amparan los mismos derechos que a las personas que están casadas, al menos en lo que al articulo 81 se refiere, el resto de los casos esperamos que sean tenidos en cuenta por la empresa y si no es así, deberemos seguir trabajando para que realmente se constituya como ellos dicen en una empresa del siglo XXI, en la empresa de las personas.

A continuación, os mostramos parte del fallo de esta nueva sentencia firme:

En las redes sociales lanzan a los cuatro vientos que ENAIRE es la empresa de las personas, el principal activo son sus empleados, hasta anuncian que es una empresa gay-friendly.

La triste realidad es que los que deciden son unos retrógrados capaces de discriminar a las personas que en lugar de estar casadas son legalmente parejas de hecho y aún mas sangrante: tratan de diferente manera a las parejas de hecho de un convenio y de otro, aunque los artículos que regulen este hecho sean literalmente idénticos, o sea que si perteneces a uno tienes derechos a determinados permisos de convenio, pero si esta bajo la regulación del otro no tienes derecho a los mismos permisos regulados como decimos en dos artículos exactamente iguales.

Te animamos a que busques las diferencias:

ART. 81 I Convenio Grupo Aena.

Art. 56 II Convenio colectivo profesional de los controladores de tránsito aéreo.

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